SUNAT y TCI informaron las últimas regulaciones en comprobantes electrónicos

El pasado 26 de noviembre, nuestra empresa TCI S.A – Transporte Confidencial de Información, organizó el seminario \\\»Últimas Regulaciones en Comprobantes Electrónicos\\\» donde la representante de SUNAT dio a conocer las últimas regulaciones a la guía de remisión electrónica, factura negociable, así como a los comprobantes electrónicos de retención y percepción.

En relación a la Guía de remisión electrónica, la Jefe del Proyecto de Facturación Electrónica – SUNAT, Gisella Cuentas, detalló los lineamientos iniciales para su implementación, así como la estructura definida. Luego se informó cómo, cuándo y quiénes estárán obligados a aplicarla, entre otros datos que derivan de las resoluciones publicadas en el Diario Oficial El Peruano. Cabe recordar que el uso de la guía de remisión electrónica, de manera opcional, inicia el 1ro de Enero del 2016. Posteriormente SUNAT informará públicamente cómo, cuándo y a quiénes aplicaría la obligatoriedad de la misma.

Los Comprobantes electrónicos de retención y percepción, brindan diversos beneficios a los contribuyentes, como reducir costos y simplificar el procedimiento de su emisión. A partir de julio del 2016, no será obligatorio llevar el registro del régimen de retenciones y percepciones, que se exige en la actualidad.

Entre el 01 y el 31 de diciembre de 2015, podrán emitirse comprobantes de retención o percepción físicos o electrónicos, no exigiéndose en este período el envío del resumen diario de los comprobantes emitidos en formatos físicos. Y entre el 01 de enero y el 30 de junio de 2016, podrán emitirse comprobantes de retención o percepción físicos o electrónicos. En este periodo sí debe cumplirse con el envío del resumen diario de los comprobantes emitidos en formatos físicos.

A partir del 01 de julio de 2016, solo podrán emitirse comprobantes de retención o percepción vía electrónica, eliminándose en ese momento la obligación de llevar los registros del régimen de retenciones o percepciones, según corresponda.

Asimismo, en relación a la Factura Negociable o título valor, la SUNAT ha establecido sus formatos modelos de uso referencial, además, los plazos, la forma y las condiciones para que los emisores cumplan con la obligación de dar de baja a las facturas comerciales y recibos por honorarios impresos o importados que no tengan la tercera copia.

Esta Factura Negociable es obligatoria para todas las empresas y negocios, asimismo, las personas naturales están obligadas a emitirlas si prestan servicios de forma independiente como perceptores de renta de cuarta categoría y si emiten recibos por honorarios. Considera además, los plazos para la baja y caducidad.

Renzo Alcántara, Gerente general de TCI – empresa proveedora de la solución de facturación electrónica “e-f@cturación”, mencionó la importancia de brindar este tipo de espacios donde los contribuyentes pueden exponer sus consultas, dudas y ser asesorados directamente por SUNAT. Por ello, extendió la invitación a sus más de 155 clientes principales contribuyentes, y las empresas obligadas a emitir comprobantes electrónicos en Julio del 2016, quienes participaron del seminario realizado el 26 de noviembre pasado, en el auditorio de la Sociedad Nacional de Industrias.

Datos TCI:

  • Empresa autorizada como Proveedor de servicios electrónicos por SUNAT
  • 1ra empresa homologada como emisor electrónico en Perú.
  • Más de 20 años realizando transacciones electrónicas con SUNAT.
  • Empresa peruana con 23 años de experiencia en el mercado nacional.
  • Participó en el piloto del proyecto de Factura Electrónica de SUNAT.

Si está interesado en recibir la visita de un asesor comercial para implementar el servicio de facturación electrónica, comuníquese con nosotros a través del siguiente enlace https://efacturacion.pe/contactanos/.

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