El pasado 31 de agosto, la Sunat publicó la resolución N.º 171-2019/SUNAT que dicta disposiciones para la presentación de la declaración y pago del Impuesto al consumo de las bolsas de plástico que deben realizar los agentes de recepción. Declaración y pago: se realiza en el formulario virtual N° 1670 – Impuesto al consumo de bolsas de plástico – Agente de percepción que está disponible en Sunat Operaciones en Línea. Puede sustituir o rectificar la declaración, generando nuevamente el formulario. Tener en cuenta que:
Obligados a presentar el formulario: los obligados a consignar este impuesto en sus comprobantes. Plazo: en el vencimiento de sus obligaciones mensuales. Pago: Se debe pagar el monto total del impuesto percibido en el mismo momento en el que se genera la declaración, excepto si se va a pagar con NPS. Las modalidades de pago son:
El formulario se considera presentado cuando se realizó el pago o se generó el NPS. Si todo está correcto, Sunat genera la constancia de presentación, la cual contiene el detalle de lo declarado y el número de orden del formulario. Pago con NPS: se puede hacer desde:
Para el pago se debe considerar el RUC del contribuyente, el periodo, el código de tributo 7152 (impuesto al consumo de bolsas de plástico) y el importe a pagar. Anotación en libros: El emisor del comprobante anota el impuesto en su registro de ventas y el receptor en su registro de compras. La información se anota en la columna “Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible”. Revise la norma completa aquí |
