Resolución Nº 318-2017: SUNAT determina que se deben emitir facturas, boletas y notas en lugar de documentos autorizados

Nueva obligación: Quienes emiten los siguientes documentos autorizados están obligados a emitir desde el 1ro de enero de 2019, en reemplazo de esos comprobantes, factura, boletas y notas.

Documentos autorizados que pasan a factura y boleta:

  • Los emitidos por los bancos, seguros y cooperativas
  • Los emitidos por las AFP
  • Los emitidos por los colegios, centros culturales privados
  • Los emitidos por las empresas que hacen revisión técnica
  • Perupetro S.A (el comprobante por el pago de regalías)
  • Los emitidos por empresas de transporte terrestre público de pasajeros (excepto transporte urbano)
  • Los emitidos por las empresas de transporte ferroviario público de pasajeros
  • Los emitidos por las empresas de transporte acuático de mercancías
  • Los emitidos por transporte aéreo de carga (ámbito nacional) cuando corresponda emitir carta de porte aéreo
  • Los emitidos por empresas de transporte aéreo especial y no regular de pasajeros

Se podrá emitir notas de crédito de débito electrónicas, para modificar documentos autorizados.

Detracciones – excepción: No aplica el sistema de detracciones para los comprobantes detallados que pasan a ser factura y boleta.

Se modifican los anexos para incluir la información de los referidos comprobantes

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