Obligados |
Operaciones comprendidas |
Fecha de obligación |
Las empresas del sistema financiero |
Créditos de consumo no revolvente (préstamos) excepto los que son con convenio de descuento de remuneraciones y los que se brindan mediante tarjetas de crédito. |
1° de noviembre del 2020 |
Créditos a empresas: corporativos, a grandes, medianas, pequeñas y microempresas. |
1° de abril del 2021 (antes 1° de noviembre 2020) | |
Operaciones por las que se aplican comisiones, no incluidas en los puntos anteriores. No incluye los créditos de consumo revolvente (por ejemplo, tarjetas de crédito) y los servicios de crédito que cuenten con convenio de descuento de remuneraciones. |
1° de junio del 2021 (antes 1° de noviembre 2020) | |
Resto de operaciones no incluidas en los puntos anteriores |
1° de noviembre del 2021 (antes 1° de noviembre 2020) | |
Empresas del sistema de seguros bajo el control de la SBS | Todas las operaciones (1) | 1° de noviembre del 2020 |
Cooperativas de ahorro y crédito bajo el control de la SBS | Todas las operaciones (1) | 1° de junio del 2021 (antes 1° de noviembre 2020) |
(1) Todas las operaciones, excepto:
• el servicio de arrendamiento y subarriendo
• créditos hipotecarios
• operaciones gravadas con el IGV
(ya existe la obligación de emitir de manera electrónica por estas 3 operaciones)
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